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DERECHO AL AGUA
Por: Mark Gómez Fernández
Presidente GWP Sudamérica
El acceso al agua es un derecho fundamental de todos los seres humanos, sin ningún tipo de discriminación. En jurisprudencia de La Corte Constitucional de Colombia se precisa que es un derecho de carácter universal, inalienable y objetivo. El estado colombiano debe garantizar un mínimo de agua potable a sus ciudadanos para que tengan una calidad de vida dentro de los estándares aceptables.
El cambio climático con sus diferentes efectos, como el calentamiento global ha aumentado la crisis del agua en todo el mundo, aproximadamente unos 2.200 millones de personas no tienen acceso al agua potable, algunos estudios reflejan que se aumentará alrededor de los 3 mil millones en los años 30, esta situación genera adicionalmente consecuencias negativas en la salud en las personas, como pueden ser entre otras; la aparición de diferentes tipos de enfermedades en las comunidades, siendo la población infantil la más afectada con altos índices de muertes de niños en el mundo.
La Asamblea General de las Naciones Unidas en su afirmación sobre los derechos al agua, establece claramente que, para el reconocimiento de todos los derechos humanos, es necesario y fundamental que las persona tengan acceso al agua potable y a un saneamiento básico. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas. Indica que “El derecho humano al agua es indispensable para una vida humana digna”. En su información sobre los derechos al agua.
“El derecho humano al agua es indispensable
para una vida humana digna”. Naciones Unidas.
AGUA NECESARIA
Tener o disponer del agua suficiente para las necesidades de limpieza y alimentación son un derecho humano natural y lo definen claramente las diferentes legislaciones de carácter nacionales e internacional, como también la de los organismos y entes internacionales que velan por la protección, el cuidado, la distribución y el suministro de agua en el mundo